LEY INSTITUTO MERIDEÑO DE CULTURA (IMC)

DISPOSICIÓN FINAL

 

Única: La presente ley entrará en vigencia para todos los efectos el día Primero (01) de Enero de dos mil tres (2003).

Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo, sede del Consejo Legislativo del Estado Mérida, en la ciudad de Mérida, dieciocho días del mes de julio de dos mil dos. Años 192º de la independencia y 143° de la Federación.

             LEG. ADELIS LEÓN GUEVARA

PRESIDENTE

              LEG. RICARDO MARQUINA

VICEPRESIDENTE

             LIC. HECTOR ELOY ALBARRAN

SECRETARIO

LEG. CARLOS LEÓN MORA

 LEG. LUIS QUIÑÓNEZ

LEG. OBDULIO CAMACHO ARAUJO

LEG. ROGER VIVAS

LEG. EDUARDO MORA

LEG. LUBIN DIAZ

LEG. JORGE CARVAJAL CALLEJA

 

INDICE