Bases de la Bienal
La Gobernación del Estado Mérida, la Dirección de Cultura del Estado, el Museo de Arte Moderno «Juan Astorga Anta», el Consejo Nacional de la Cultura y la Comisión Organizadora convocan a la II Bienal Nacional de Artes Plásticas de Mérida 1992 e Internacional del Pacto Andino. Esta Bienal está programada como un acontecimiento de repercusión internacional que permita la apreciación, análisis y discusión estética de las manifestaciones plásticas de los países integrantes del Pacto Andino.
La Gobernación del Estado y el CONAC están llevando a cabo un esfuerzo organizativo y financiero que responda a las exigencias de los artistas y que propicie la participación de las nuevas propuestas artísticas.
Artículo 1
La Bienal Nacional de Artes Plásticas de Mérida es patrocinada y organizada por el Gobierno del Estado Mérida conjuntamente con el Consejo Nacional de la Cultura cada dos años, tiene lugar en la ciudad de Mérida y su sede principal es el Museo de Arte Moderno de Mérida «Juan Astorga Anta». Se crea conjuntamente con la Segunda Bienal Nacional la Participación Internacional de los Países del Pacto Andino.
Artículo 2
La Gobernación del Estado delega en la Dirección de Cultura, como entidad directiva, conjuntamente con la comisión presidida por el Director de Cultura, todo lo concerniente a la organización, diseño y ejecución del evento.
Artículo 3
La Comisión Organizadora está integrada por miembros de la Dirección de Cultura del Estado Mérida, del Museo de Arte Moderno de Mérida «Juan Astorga Anta», de la Asociación Venezolana de Artistas Plásticos, Seccional Mérida, del Departamento de Historia del Arte y del Centro Universitario de Arte de la Universidad de Los Andes.
Artículo 4
Corresponde a la Comisión Organizadora la elaboración del Reglamento y la designación de los Jurados de la Bienal.
Artículo 5
La modalidad de convocatoria y participación, así como las características y número de especialidades concursantes en la Bienal, serán establecidas en el Reglamento correspondiente a cada edición.
Reglamento
Artículo 1
La II Bienal Nacional de Artes Plásticas de Mérida 1992, Internacional del Pacto Andino se realizará en Mérida del 21 de noviembre de 1992 al 16 de enero de 1993
Artículo 2
Son miembros de la Comisión Organizadora: el escultor Manuel de la Fuente, el pintor Omar Granados y la Arquitecto María Jesús de la Fuente por la Dirección de Cultura de la Gobernación del Estado; el Dr. Antonio Luis Cárdenas, la señora María de Astorga y la licenciada Itala Rojas por el Museo de Arte Moderno “Juan Astorga Anta”; la Licenciada Irlanda Chalbaud del Departamento de Historia del Arte de la Universidad de Los Andes; el Arquitecto Bernardo Moncada por el Centro Universitario de Arte de la Universidad de Los Andes; y la Profesora Carmen Ponce de León por la AVAP, Seccional Mérida.
Artículo 3
Esta Bienal estará abierta a las siguientes disciplinas de las Artes: Pintura, Escultura, Artes Gráficas, Fotografía, Dibujo y Arte No-Convencional (arte efímero a escala urbana, instalaciones y arte accional).
Artículo 4
Podrán participar los artistas venezolanos, residentes o no en el país, y los extranjeros con no menos de cinco (5) años de permanencia en Venezuela. Así mismo participarán los artistas de los países del Pacto Andino seleccionados por la autoridad cultural competente que cada gobierno determine.
Artículo 5
Las obras deben ser inéditas, con una antigüedad no mayor de dos (2) años y no haber participado en ningún Salón o Bienal.
Artículo 6
La selección de las obras de los artistas venezolanos y residentes en el país se hará mediante diapositivas a color de 35 milímetros, que en número de tres (3) deberán enviar al Museo de Arte Moderno de Mérida: Urb. Santa María, Plaza Beethoven, entre el lro y el 20 de julio de 1992. Conjuntamente con las diapositivas el artista participante debe anexar su currículum vitae resumido en una cuartilla tamaño carta a doble espacio, y la ficha técnica de la obra (autor, título, año, técnica y dimensiones), acompañados de una fotografía de la obra en blanco y negro de 8 x 10, para efectos de Catálogo, y una fotografía personal en blanco y negro tamaño pasaporte. Estos recaudos serán enviados a la institución en la fecha mencionada.
Artículo 7
El costo del derecho de inscripción es de Bs. 500,oo, que serán depositados en la cuenta corriente No. 832187-3 del Banco Latino. El comprobante de depósito será anexado a los recaudos.
Artículo 8
Para las propuestas del Arte No-Convencional se pide el proyecto de investigación y la documentación respectiva. Aquellos proyectos admitidos no podrán ocasionar daños a la estructura física de las edificaciones donde se realice la Bienal. De igual manera no deben constituir riesgos para el público ni para las obras expuestas. La Bienal, por razones presupuestarias, no se compromete a proveer ningún tipo de material para la realización de dichos proyectos. Y tampoco se hace responsable de la devolución de los recaudos enviados por los artistas para la selección.
Artículo 9
En la disciplina de Artes Gráficas de admitirán las siguientes técnicas: Xilografía, Litografía, Punta Seca, Aguatinta, Colografía (Cartonaje), Serigrafía, Técnica Mixta, Intaglio (no se aceptan Monotipos).
Artículo 10
El artista ganador en Fotografía deberá consignar el material original que permita la reproducción técnica de la obra.
Artículo 11
Las obras deberán ser enviadas tal y como el artista desea que deban ser exhibidas. En el caso de que posean unas características especiales, el montaje en sala será de la responsabilidad del artista.
Artículo 12
Todas las obras deberán venir debidamente identificadas en lugar visible del soporte y embaladas de acuerdo con las normas básicas de conservación.
Artículo 13
Cada participante podrá concurrir hasta con un máximo de dos (2) obras en cada disciplina y dispondrá de un espacio de dos metros cuadrados para las obras bidimensionales y dos metros cúbicos para las obras tridimensionales.
Artículo 14
Los jurados de selección y calificación constarán de cinco miembros integrados en su mayoría por artistas plásticos de reconocida trayectoria y de distintas tendencias estéticas.
Artículo 15
El jurado elegirá entre sus integrantes un Presidente y un Secretario.
Artículo 16
El jurado se reunirá a puerta cerrada para hacer la selección el día 20 del mes de agosto de 1992. El jurado de calificación se reunirá el día 19 de Noviembre de 1992.
Artículo 17
Las decisiones del jurado serán irrevocables e inapelables y estará facultado para menciones o premios especiales. El jurado elaborará un informe del fallo realizado, en el cual explicará los criterios seguidos para hacer la selección y la Comisión Organizadora se encargará de enviarlo a todos los participantes.
Artículo 18
La Comisión Organizadora ha designado como jurados a las siguientes personalidades:
Jurado de Selección
Lic. Ariel Jiménez
Prof. Sergio Antillano
Lic. María Luz Cárdenas
Prof. Manuel Espinoza
Escultor Harry Abend
Jurado de Calificación
Prof. Felipe Ehremberg (México)
Lic. Gerardo Mosquera (Cuba)
Prof. Manuel Espinoza
Dr. José María Salvador
Escultor Harry Abend
Artículo 19
La II Bienal Nacional de Artes Plásticas de Mérida 1992, Bienal Internacional de Artes Plásticas Pacto Andino establece los siguientes premios:
Gran Premio Bienal Pacto Andino $ 10.000,oo
Premio de Pintura, otorga CONAC Bs. 250.000,oo
Premio de Escultura Bs. 250.000,oo
Premio de Dibujo Bs. 150.000,oo
Premio de Artes Gráficas, otorga CONAC Bs. 150.000,oo
Premio de Fotografía Bs. 150.000,oo
Premio de Arte No-Convencional Bs. 150.000,oo
Artículo 20
Los premios no serán compartidos. Todos los premios tendrán carácter de adquisición y las obras premiadas ingresarán a la colección del Museo de Arte Moderno de Mérida «Juan Astorga Anta».
Artículo 21
La lista de obras admitidas se dará a conocer por los medios de comunicación nacional e internacional en cuanto se realice la selección por parte del Jurado.
Artículo 22
Las obras participantes deberán ser retiradas durante los treinta (30) días siguientes a la clausura. Pasado este lapso, la Comisión Organizadora se reserva el derecho de disponer de las mismas.
Artículo 23
La sola participación de los artistas en este evento significará acatamiento por su parte de lo contenido en este Reglamento.
Artículo 24
Lo no previsto en este Reglamento será resuelto por la Comisión Organizadora.